Cuando nace un hijo, entre los pañales, las noches sin dormir y la vorágine de emociones, surge un pensamiento que tarde o temprano aparece en la cabeza de casi todos los padres: «Tengo que empezar a ahorrar para el futuro de mi hijo.» La intención es clara, pero el cómo ya no tanto. ¿Un depósito a plazo fijo como hacían los abuelos? ¿Un fondo de inversión? ¿Una hucha y ya? Vamos a ordenar las ideas para que puedas tomar la mejor decisión para tu familia.

El clásico depósito a plazo fijo, ¿sigue teniendo sentido?

Durante décadas, el depósito a plazo fijo fue la opción de ahorro familiar por excelencia en España. Ibas al banco, dejabas tu dinero durante un tiempo determinado y, a cambio, recibías unos intereses pactados. Simple, seguro y sin sorpresas.

La buena noticia es que, tras años de intereses prácticamente nulos, los depósitos han recuperado algo de atractivo. En 2026, es posible encontrar depósitos a 12 meses con rentabilidades entre el 2% y el 3% TAE en entidades españolas, aunque la tendencia al alza del euríbor parece haberse estabilizado.

Sin embargo, hay que tener claro que si el objetivo es acumular un capital importante para cuando tu hijo tenga 18 años, el plazo fijo por sí solo tiene una limitación evidente: la rentabilidad no suele superar a la inflación de forma consistente a largo plazo. Es decir, el dinero estará a salvo, pero puede perder poder adquisitivo con el paso de los años.

Los fondos de inversión indexados, el aliado que muchos padres desconocen

Si el horizonte temporal es largo (pensemos en 10, 15 o 18 años hasta que el hijo llega a la mayoría de edad), los fondos de inversión indexados o fondos de gestión pasiva empiezan a cobrar mucho sentido. Estos fondos replican el comportamiento de índices bursátiles como el S&P 500 o el MSCI World, y históricamente han ofrecido rentabilidades medias anuales de entre el 7% y el 10% a largo plazo.

La magia aquí la hace el interés compuesto. Si empiezas a aportar 50 euros al mes desde que nace tu hijo y mantienes esa constancia durante 18 años con una rentabilidad media del 7%, podrías acumular en torno a 20.000 euros. Nada mal para una aportación mensual modesta.

En España, los fondos de inversión tienen además una ventaja fiscal interesante: puedes traspasar el dinero de un fondo a otro sin tributar en el momento, ya que el pago de impuestos se difiere hasta el momento del reembolso. Esto está regulado en la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Eso sí, hay que tener en cuenta que, a diferencia de los depósitos, los fondos no están exentos de riesgo: en años malos, el valor puede caer. Por eso se recomienda solo si el plazo es amplio y si el titular tolera cierta volatilidad.

Planes de ahorro para menores, una opción específica del mercado español

Algunos bancos y aseguradoras españolas ofrecen productos específicamente diseñados para el ahorro infantil. Suelen presentarse bajo nombres como «plan de ahorro junior» o «plan de ahorro infantil» y combinan características de seguros de vida con rentabilidades garantizadas o variables.

Una variante especialmente conocida son los Planes de Ahorro Sistemático (PAS) o los Planes de Ahorro 5 (también llamados SIALP o CIALP), que, si se mantienen durante al menos 5 años, permiten rescatar el capital con los rendimientos exentos de tributación en el IRPF hasta ciertos límites. Este beneficio fiscal, recogido en la reforma fiscal de 2015, puede ser muy atractivo para cantidades modestas, aunque el máximo de aportación está limitado a 5.000 euros anuales por contribuyente.

El inconveniente de estos productos es que, en muchos casos, la rentabilidad es bastante limitada y las comisiones pueden ser elevadas. Conviene comparar bien antes de comprometerse.

Abrir una cuenta de ahorro a nombre del menor, ¿es buena idea?

Muchos padres abren directamente una cuenta de ahorro o incluso un depósito a nombre del hijo menor. Esto es perfectamente legal en España, aunque requiere que los tutores legales actúen en representación del menor hasta que este alcance la mayoría de edad.

El punto a considerar aquí es que, una vez el dinero está a nombre del menor, técnicamente es suyo. Llegados a los 18 años, puede disponer de él libremente, lo haya ahorrado el padre, la madre, los abuelos o todos juntos. Si la idea es mantener un mayor control sobre el uso de ese dinero, puede ser preferible mantener la titularidad a nombre de uno de los padres y realizar la entrega de forma más planificada.

Las aportaciones de los abuelos y el Impuesto sobre Donaciones

En España, es muy habitual que los abuelos quieran contribuir al ahorro de los nietos. Cuando estas aportaciones son significativas, conviene tener presente el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que en nuestro país está cedido a las comunidades autónomas, por lo que las condiciones varían mucho según el territorio. En algunas comunidades como Madrid o Andalucía, las donaciones entre familiares directos tienen reducciones muy importantes o incluso bonificaciones del 99%, mientras que en otras el coste fiscal puede ser relevante. Antes de hacer una donación importante, vale la pena consultar con un asesor fiscal.

Entonces, ¿qué combinación conviene más?

La respuesta es que no hay una solución única para todas las familias. Lo más importante, y esto vale para cualquier opción que elijas, es empezar cuanto antes. El tiempo es el mejor aliado del ahorro. Veinte euros al mes aportados desde el nacimiento valen mucho más que doscientos euros al mes empezados diez años después. Así que no lo dejes para cuando tengas «más claro» cómo hacerlo: empieza hoy, con lo que puedas, y ajusta la estrategia sobre la marcha. Tu hijo del futuro te lo agradecerá.